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lunes, 2 de noviembre de 2015
MECANISMOS DE IMPUGNACION
El órgano encargado de conocer del Recurso de Apelación que se interponga es la Sala de Apelación. Siguiendo la sistemática establecida en las Reglas de Procedimiento y Prueba (Reglas 149 a 15863), podemos diferenciar la apelación contra el fallo acordado en la instancia del resto de apelaciones posibles, que serán, todas aquellas que, previstas por la norma, no se refieran a la resolución final y definitiva del procedimiento (Sentencia).
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La información es correcta, es un buen trabajo compañeros!
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