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lunes, 2 de noviembre de 2015
PRINCIPIOS APLICABLES
El funcionamiento de la Corte se rige por una serie de normas y principios que lo transforman en un tribunal especial, sólo para conocer casos realmente particulares. Los principios aplicables son:
Complementariedad: la Corte funciona solo cuando un país no juzga o no puede juzgar los hechos de competencia del tribunal.
Nullum crime sine lege: el crimen debe estar definido al momento de la comisión y que sea competencia de la Corte.
Nulla poena sine lege: un condenado por la Corte sólo puede ser penado como ordena el Estatuto.
Irretroactividad ratione personae: nadie puede ser perseguido por la Corte por hechos o delitos cometidos con anterioridad a su entrada en vigencia.
Responsabilidad penal individual: no serán objeto de la pretensión punitiva las personas jurídicas, salvo como hecho agravante por asociación ilícita.
La Corte no es competente para juzgar a quienes eran menores de 18 años en el momento de comisión del presunto crimen.
Improcedencia de cargo oficial: todos son iguales ante la Corte, aunque el acusado sea, por ejemplo, jefe de Estado.
Responsabilidad por el cargo.
Imprescriptibilidad.
Responsabilidad por cumplimiento de cargo: no es eximente de responsabilidad penal.
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ME PARECE UN EXCELENTE TRABAJO MUY BIEN HECHO!!!
ResponderEliminarES UN TRABAJO QUE CUMPLE CON TODOS LOS ELEMENTOS YA QUE LA INFORMCION MOSTRADA ES DE SUMA IMPORTANCIA Y MUY ADECUADA!!! BIEN!!!